A una semana de que Dante Delgado, del partido político Movimiento Ciudadano, anunciara su muerte, el bloque de contención del Senado se mantiene activo y presentó una acción de inconstitucionalidad para anular la decisión de ley de pasar los ingresos de la actividad turística al proyecto del Tren Maya.
La acción de inconstitucionalidad está firmada por todos los senadores del PAN, comandados por su coordinador, Julen Rementería; por los 13 de Movimiento Ciudadano, liderados por Clemente Castañeda; por los 10 del PRI, que dirige Manuel Añorve; del PRD, que coordina Miguel Ángel Mancera; por los del Grupo Plural, ahora liderados por Germán Martínez, y también la firmó el exmiembro del PRI y ahora senador sin grupo parlamentario, Miguel Ángel Osorio Chong.
Los senadores plantean a la Corte argumentando «violaciones al diseño constitucional de las Fuerzas Armadas».
Precisan que el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos es inconstitucional, ya que destina ingresos a un fideicomiso para la empresa del Tren Maya, que está sectorizada a la Secretaría de la Defensa Nacional, violando así el artículo 129 constitucional que establece las funciones de las autoridades militares.
Además, argumentan que el Ejecutivo federal tiene facultades para preservar la seguridad nacional, pero los militares no tienen tareas civiles, lo cual va en contra del artículo 89 constitucional.
ACLARAN DERECHOS DE FUERZAS ARMADAS
Sin modificar la Constitución, el Senado accedió a la petición de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina para aclarar que los derechos laborales de los militares y marinos que pasaron a la Guardia Nacional a partir del 2019 no se pierden, sino que se mantienen en su antigüedad, grados y prestaciones que les corresponden desde que se sumaron a las filas de las Fuerzas Armadas del país.
La frase: ‘Los elementos de las policías militar y naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la fuerza armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional conservarán su rango y prestaciones’ (…) implica conservar sus prestaciones íntegras, toda vez que se encuentra en una asignación temporal.
Motivo que no deberá, en ningún caso, implicar una afectación a sus derechos laborales, prestaciones inherentes, así como la salvaguarda de ser reasignado a su fuerza armada de origen”, precisa el dictamen que se prevé aprobar hoy martes.
Añade que “la frase: ‘la ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla”, implica que “el personal asignado a la Guardia no pierde sus derechos.
En consecuencia, la ‘reasignación’ implica que el elemento militar o naval deje de realizar sus funciones en Seguridad Pública y sea reintegrado a su fuerza armada para continuar realizando sus actividades de índole netamente castrense con la suma de derechos y prestaciones adquiridos.
Lo anterior, genera la certeza jurídica de que la asignación tiene un carácter temporal, ya que esta situación podría concluir una vez que la mencionada institución de seguridad se consolide”, precisa.
De igual forma, dice que “la frase: ‘Reconocimiento del tiempo de servicios en la Guardia Nacional para efectos de su antigüedad”, debe entenderse como que “el Constituyente Permanente previó proteger los derechos, estímulos y prestaciones de los elementos militares asignados a la Guardia Nacional, a fin de sumar todo el tiempo de servicios que presten en la misma al momento de su reasignación, para los efectos de sumarlo a su antigüedad en las Fuerzas Armadas.
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