Ocho de cada 10 servicios funerarios que se solicitan en la actualidad son cremaciones. Los costos pueden ir desde los 6 mil 700 hasta 21 mil 800 pesos, de acuerdo a un sondeo entre empresas privadas de este giro en la región, así como el sistema DIF, mientras que el precio de la inhumación varía entre los 5 mil 650 a 17 mil pesos.
Pero morir resulta más costoso, pues al ser inhumado, también se requiere de un lote en un panteón, cuyo precio oscila entre los 25 mil hasta los 100 mil pesos. También hay que cubrir el acta de defunción, que cuesta cerca de 100 pesos.
A esto hay que añadir costos como flores, veladoras, alquiler de sillas, servicio de cafetería, ataúd, traslados, entre otros. Si la persona que muere lo hace en un evento de violencia, también hay que pensar en el costo por liberamiento del cuerpo ante el Ministerio Público.
En el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los costos de velación, arreglo estético, asesoría, ataúd y traslado del cuerpo van desde los 5 mil 500 pesos hasta los 10 mil pesos. No incluye panteón, cremación, inhumación, sillas ni servicio de cafetería.
Expertos en temas funerarios aseguran que en la actualidad los servicios que ofrecen cambiaron drásticamente con respecto a lo que se hacía en antaño. La gente hoy prefiere la cremación, una tendencia que comenzó desde antes de la pandemia por covid-19, y que se reforzó durante esta circunstancia para evitar mayores contagios.
En el caso de Torreón, los servicios funerarios privados suelen adquirirse mediante paquetes de prevención y se cubren en mensualidades durante varios años. Los cementerios públicos, por su parte, están totalmente saturados desde hace algunos años, por lo que se contempla la construcción de un tercer espacio, al oriente de la ciudad, que comenzaría en 2024.
El momento de la partida de un ser querido toma casi siempre por sorpresa a las familias; sin embargo, las personas que prevén esta situación podrían ahorrarles a sus parientes este gasto hasta en un 80 por ciento.
Otras cuestiones que se deben tomar en cuenta son el marcador de tumba / lápida, que va de mil a 5 mil pesos según el material y si es vertical o plana; la instalación de lápida según dificultad; el entierro físico y sus costos de administración, incluyendo la apertura de la tumba, colocación del ataúd o de la urna, el cierre de la tumba, reposición del césped, la cumplimentación del registro legal del entierro.
También el revestimiento de tumbas/bóveda funeraria, que es el material de protección que rodea el ataúd o la urna en la tumba. Mantenimiento de las tumbas y de los terrenos del cementerio, capilla en velatorio.
En el IMSS, el embalsamamiento tiene un costo de 2 mil 390, hay un paquete económico de 5 mil 999 que incluye servicio de velación en Velatorio o domicilio, arreglo estético y/o embalsamamiento, asesoría para la gestión de trámites, recolección y traslado del cuerpo (100 kilómetros máximo). No incluye ataúd. Y un paquete social de 5 mil 715 que incluye lo anterior, pero con ataúd de donación.
La cremación de adulto tiene un costo de 4 mil 888, en paquete es de 10 mil 399 pesos, incluye servicio de velación en Velatorio o domicilio, arreglo estético y/o embalsamamiento, asesoría para la gestión de trámites, ataúd de donación, recolección y traslado del cuerpo.
RECOMENDACIONES
Entre las recomendaciones que emite la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para la contratación de servicios funerarios, está el informarse antes de tener la necesidad de contratar un servicio funerario, a fin de que conozca cómo funciona este mercado con el fin de evitar que, llegado el momento, la afectación sea solo moral y no económica.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCFI-2016 sobre prácticas comerciales de servicios funerarios, un servicio funerario consiste en el manejo, tratamiento, acondicionamiento y traslado, entre otros, que se prestan desde que ocurre el fallecimiento de una persona, hasta su destino final; y que incluye, en todos los casos, el suministro de bienes y servicios complementarios para tal fin.
La NOM-036-SCFI-2016 establece que los proveedores de servicios funerarios están obligados a registrar sus contratos de adhesión ante Profeco.